VIOLENCIA ESCOLAR

Protocolo de Actuación Antiviolencia

La Consejeria de Educación y Cultura, ANPE y el resto de sindicatos aprobaron en Mesa Sectorial del 3/2/05 el siguiente protocolo de actuación para atender las situaciones de violencia escolar y particularmente en las que se vea afectado personal docente.

Protocolo de Actuación Antiviolencia

Cuando en un Centro Educativo se produce un incidente o denuncia (agresión, amenazas, insultos graves, abusos, etc) en el que esté implicado como actor o como víctima cualquier empleado público del Centro, la Dirección procederá conforme a las siguientes pautas

  1. Si el alcance del acontecimiento lo requiere, la Dirección del Centro valorará si procede o no, llamar a las fuerzas de orden público para que intervengan, protegiendo o garantizando siempre la seguridad de las personas, la continuidad del servicio educativo y la integridad de las instalaciones
  2. Comunicación inmediata del suceso mediante una comunicación telefonica o via FAX a:
    Dirección General de Personal, Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, Av. La Fama 15, 30006 Murcia
    Tel. 968279843 Fax. 968279834
  3. Seguir las orientaciones oportunas que inmediatamente establecerá el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y/o la Inspección de Educación. En caso de mediar denuncia se facilitará copia de la misma.
  4. Personación inmediata de personal especializado
  5. Cuando cualquier medio de comunicación solicita al Centro o a los empleados implicados información sobre el suceso, se recomienda que estos contacten con el Gabinete de Prensa de la Consejería de Educación y Cultura. Tel. 968279627
  6. En caso de mediar denuncia, la persona afectada recibirá comunicación del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales,sobre la puesta a disposición inmediata de un letrado para proporcionar la asistencia jurídica necesaria
  7. Si la situación que se deriva del siniestro provoca o puede inducir una situación de tensión, nerviosismo o que pueda tener efectos psicológicos negativos en el personal o en el alumnado, la dirección del Centro colaborará en el desarrollo de las medidas que convenga adoptar en cada caso

En caso de que el suceso afecte a personal sin vinculo laboral directo con la Administración Educativa, se comunicará el siniestro igualmente.

La Consejería de Educación y Cultura se compromete, dentro de sus competencias, a prestar todo el apoyo moral, administrativo y juridico que la situación derivará del incidente y los empleados implicados requieran. Restituyendo la inocencia, el honor y la profesionalidad del funcionario, un vez dictada sentencia favorable y siempre que se cuente con su autorización, mediante la publicación de la información esclarecedora de la verdad en los medios de comunicación regionales.

Normativa Antiviolencia

Decreto número 115/2005, de 21 de octubre, por el que se establecen las normas de convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas escolares

Orden de 20 de febrero de 2006, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se establecen medidas relativas a la mejora de la convivencia escolar en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas escolares

Resolución de 4 de abril de 2006, de la dirección general de ordenación académica, por la que se dictan instrucciones en relación con situaciones de acoso escolar en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas escolares.